restricciones para coches en Madrid

Restricciones para coches en Madrid

Madrid es una de las ciudades españolas que más iniciativas ha puesto en marcha para luchar contra la emisión de los gases contaminantes de vehículos. Si aún sigues teniendo dudas como si un coche puede circular por Madrid sin etiqueta, si se puede conducir dentro de la M30 con un vehículo de más de 10 años, o qué significan las siglas ZBE, no puedes perderte este artículo, en el que condensamos las actuales restricciones para coches en Madrid.

¿Qué es una Zona de Bajas Emisiones (ZBE)? 

Una Zona de Bajas Emisiones (o zona ZBE) es aquella en la que está controlado el acceso de determinados vehículos con el objetivo de mejorar la calidad del aire. Así, en una ZBE se puede limitar la circulación o el acceso de algunos coches -en función de sus emisiones de gases- para hacer de las ciudades lugares más saludables.

Restricciones para coches en Madrid

Actualmente, en Madrid conviven tres Zonas de Bajas Emisiones. Por un lado, existen dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP), situadas en el área del Distrito Centro y en Plaza Elíptica.

A estas se añadió el 1 de enero de 2022 Madrid ZBE, que comprende una serie de medidas para ir convirtiendo gradualmente todo el término municipal de Madrid en una Zona de Bajas Emisiones.

¿Qué coches no pueden circular por la M30? 

De acuerdo al nuevo Madrid ZBE, desde el 1 de enero de 2022 los turismos sin etiqueta medioambiental y que no estén domiciliados en el Registro de Vehículos de Madrid ni figuren en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid tienen prohibido el acceso y la circulación por el interior de la M30. Es decir, no pueden entrar a la almendra central de la ciudad, pero sí circular, al menos de momento, por esta circunvalación.

Ahora bien, las limitaciones para este tipo de coches, sin etiqueta y no empadronados en Madrid, se irán haciendo cada año más restrictivas:

  • El 1 de enero de 2023 tampoco podrán circular por la M30.
  • El 1 de enero de 2024 quedará prohibida su circulación por cualquier vía pública del municipio de Madrid.

[/et_pb_section]Los coches sin etiqueta y no empadronados en Madrid no pueden circular dentro de la M30 desde el 1 de enero de 2022.

¿Qué pasa con los coches sin etiqueta que sí están domiciliados en Madrid?

Estos turismos podrán seguir circulando por Madrid durante más tiempo, aunque respetando las condiciones específicas de las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección, situadas en el Distrito Centro y la Plaza Elíptica, que detallamos más adelante. Eso sí, esta prórroga finalizará el 1 de enero de 2025, día a partir del cual ya no podrá circular por Madrid ningún vehículo sin etiqueta medioambiental, con tres salvedades:

  • Los vehículos matriculados como históricos.
  • Los que estén adaptados para personas de movilidad reducida. En esta categoría entran tanto los vehículos modificados para poder ser utilizados por conductores con movilidad reducida, como los que se utilizan para transportarlos.
  • Los vehículos de las Fuerzas Armadas y de emergencias (servicios médicos, extinción de incendios…).

¿Pueden circular las motos sin etiqueta dentro de la M30?

En el caso de motocicletas, ciclomotores y otros vehículos como camiones o furgonetas sin etiqueta medioambiental podrán acceder a la almendra central de Madrid hasta 2025, aunque también se encuentran sujetos a las restricciones particulares del Distrito Centro y Plaza Elíptica.

En 2025 ya no podrá circular por Madrid ningún vehículo sin etiqueta medioambiental, excepto los históricos, los de emergencias y los de personas con movilidad reducida.

¿Cuáles son los vehículos sin etiqueta medioambiental? 

Cuando hablamos de vehículos sin etiqueta nos referimos a los que tienen clasificación ambiental A según los criterios de la DGT, y para los que no existe un distintivo medioambiental como tal. Son aquellos coches que tienen motores diésel y fueron matriculados antes de 2006 o los de gasolina anteriores al año 2000, así como las motos y ciclomotores previos a 2003.

En este artículo puedes encontrar toda la información relativa a las distintas etiquetas medioambientales de acuerdo a la clasificación introducida por la Dirección General de Tráfico en 2016. Y recuerda que si aún no sabes qué distintivo medioambiental tiene tu vehículo, en Tramicar puedes consultarlo gratuitamente.

Restricciones para entrar a Madrid en coche 

Además de las restricciones que progresivamente, y hasta el año 2025, irán afectando a todos los coches sin etiqueta medioambiental, existen dentro de la almendra central de Madrid otras Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP), como son Distrito Centro y Plaza Elíptica, que cuentan con limitaciones adicionales de circulación para tratar de luchar contra la contaminación.

ZBEDEP Distrito Centro 

A esta zona solo se permite el acceso y circulación libre de coches con etiqueta CERO o ECO. Existen, no obstante, algunas excepciones:

  • Los residentes empadronados en el perímetro de Madrid Central, así como los comerciantes de la zona, pueden acceder con cualquier vehículo sin peligro a ser sancionados.
  • Los turismos con etiquetas B y C pueden circular por aquí siempre y cuando se dirijan a aparcar a un párking.

En el caso de las motocicletas, las que tengan etiqueta CERO o ECO podrán circular por la zona sin ningún tipo de restricción. Las que cuenten con distintivo B y C solo podrán hacerlo entre las 7.00 y las 22.00 horas, y de 22.00 a 7.00 horas si se dirigen a un párking o garaje de la zona.

Puedes consultar desde aquí qué calles pertenecen al Distrito Centro de Madrid y, por tanto, en qué área se aplican estas restricciones circulatorias.

ZBEDEP Plaza Elíptica 

En este caso está prohibido que los vehículos con clasificación ambiental A (y que, por tanto, no tienen etiqueta medioambiental) circulen por su perímetro, incluyendo el tramo de la autovía A-42 comprendido dentro del mismo.

Existen excepciones, en su mayoría hasta el 31 de diciembre de 2024, de tal forma que sí que podrán seguir entrando y circulando por esa zona los vehículos sin etiqueta siempre y cuando sean de:

  • Personas empadronadas en los barrios de esa zona.  
  • Empresas y autónomos registrados en la zona.
  • Personas con movilidad reducida.
  • Servicios públicos.
  • Transporte de alumnado a centros educativos y otros colectivos.

Desde este enlace puedes consultar el área que comprende la ZBEDEP de la Plaza Elíptica.

Zonas de Bajas Emisiones en el resto de España 

El tipo de restricciones que existen ahora en Madrid, pero también en otros municipios como Barcelona o Sevilla, se irán extendiendo por muchos más puntos de la geografía española el próximo año. Y es que la Ley de Cambio Climático y Transición Ecológica que entró en vigor el 22 de mayo de 2021 establece que para 2023 deben tener Zonas de Bajas Emisiones:

  • Los municipios de más de 50.000 habitantes.
  • Territorios insulares.
  • Poblaciones de más de 20.000 habitantes que superen ciertos límites de emisiones.

Las limitaciones de circulación que establezcan estas localidades podrán circunscribirse a un área concreta de las mismas o, incluso, al municipio entero.

Por último, recuerda que la multa por saltarse las medidas de las ZBE es de 200 euros y está considerada como una infracción grave por la Ley de Tráfico.


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