A menudo surgen dudas sobre qué papeles es necesario tener en el coche o si es obligatorio llevar el Permiso de Circulación. Hoy te resolvemos en nuestro blog esta cuestión para que no te quede ningún tipo de duda.
Conducir por la vía pública sin llevar la documentación obligatoria y en regla puede ser motivo de multa, con sanciones que oscilan entre los 10 y los 3.000 euros. Según la ley, los documentos obligatorios, y en vigor, que hay que llevar cuando se conduce por las carreteras españolas son el Permiso de Circulación del vehículo, el permiso o carnet de conducir del conductor y la tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo (ITV).
Por lo tanto, siempre que conduzcas debes llevar contigo el Permiso de Circulación, junto con la tarjeta ITV y el carnet de conducir. En el caso de que un agente de tráfico te pare, siempre te pedirá estos tres documentos, tanto si vas al volante de un vehículo propio como de uno alquilado.
¿Hay que llevar el original del Permiso de Circulación?
La Dirección General de Tráfico (DGT) aclara que en España es tan válido llevar el permiso de circulación original como una fotocopia, pero siempre y cuando esta última haya sido legalmente compulsada.
Este documento permite vincular los vehículos con sus propietarios y en él figuran los datos más relevantes de ese coche (o moto), como número de plazas, marca, modelo, fecha de matriculación o número de bastidor, así como los datos personales de su titular, y autoriza al vehículo a circular por la vía pública. De hecho, ningún vehículo puede ponerse en marcha sin contar con él.
¿Qué multa ponen por no llevar el Permiso de Circulación?
En el caso de que te paren los agentes de tráfico y no portes el Permiso de Circulación recibirás una multa de 10 euros. Ahora bien, si el vehículo no cuenta con este documento, la multa asciende a los 500 euros.
Por este motivo, en el caso de que hayas perdido este documento debes solicitar inmediatamente un duplicado del Permiso de Circulación en la DGT.
¿Qué otra documentación hay que llevar cuando se conduce?
Como ya hemos visto, además del Permiso de Circulación, hay que portar siempre la tarjeta ITV y el permiso de conducir. La Ley española también obliga a que los vehículos tengan un seguro, aunque desde el año 2008 no es obligatorio llevar físicamente la póliza ni el recibo del último pago, ya que con la aparición del FIVA (Fichero Informativo de Vehículos Asegurados), las autoridades pueden consultar y comprobar de forma telemática si el vehículo está correctamente asegurado.
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