Según lo informado por la Dirección General de Tráfico (DGT), el próximo año se modificarán varios artículos del Reglamento General de Circulación (RGC) para mejorar la seguridad y la fluidez en las vías interurbanas, especialmente en lo relacionado con el uso del carril y el arcén. Estos cambios, que serán introducidos mediante un Real Decreto, entrarán en vigor en 2025 y afectarán a todos los vehículos que circulen en España, con especial atención a motos, vehículos prioritarios y grúas. A continuación, te presentamos los detalles de las modificaciones que se implementarán próximamente en nuestras carreteras.
Prohibido adelantar con mal tiempo
A partir de 2025, el artículo 31 del Reglamento General de Circulación incorporará un nuevo apartado que regulará como de sebe circular por autopistas y autovías en situaciones de mal tiempo, como la presencia de hielo o nieve. Esta actualización establecerá la prohibición de adelantar para todos los vehículos, obligándolos a permanecer en el carril derecho y a respetar las restricciones correspondientes a los niveles de nieve. Así el carril izquierdo quedará completamente despejado para el tránsito de vehículos de emergencia y quitanieves.
Paso para emergencias en las retenciones
La segunda modificación también se encuentra en el artículo 31 del Reglamento General de Circulación. Esta modificación afectará a todos los conductores que circulen por autopistas o autovías y se encuentren detenidos o avanzados a baja velocidad debido a una retención o un accidente de tráfico.
La nueva normativa obligará a los conductores a apartarse hacia los lados (los del carril derecho haca la derecha y los del carril izquierdo hacia la izquierda) para crear un espacio central libre entre los carriles, permitiendo así el paso de vehículos de policía o servicios de emergencia. Es importante señalar que la normativa actual ya se establece la prioridad de los vehículos prioritarios en situaciones de urgencia, pero no especifica como deben actual el resto de los conductores en vías congestionadas.
Las motos podrán circular por el arcén
El tercer cambio que se implementará en 2025 modificará el artículo 36 del RGC, permitiendo a las motocicletas circular por el arcén derecho en todo tipo de vías con retenciones de tráfico. Sin embargo, se establecen dos condiciones, deberán hacerlo a una velocidad máxima de 30 km/h y respetando siempre la prioridad de los vehículos que deben circular por el arcén, como las bicicletas.
Las grúas y ambulancias también podrán circular por el arcén
La última modificación del RGC permitirá a los vehículos prioritarios y de auxilio, cómo las grúas, utilizar los arcenes en las vías públicas para realizar servicios de emergencia. Sin embargo, al igual que las motocicletas, estos vehículos deberán cumplir con ciertas condiciones: deberán emplear señales luminosas y reflectantes y no podrán superar los 30 km/h, salvo en el caso de los vehículos prioritarios.
En conclusión, las próximas modificaciones al Reglamento General de Circulación, previstas para 2025, buscan mejorar la seguridad y la fluidez en las vías interurbanas mediante medidas específicas que regulan el uso del carril y el arcén en diversas situaciones. Estas actualizaciones reflejan un esfuerzo por adaptarse a las necesidades actuales del tráfico, priorizando la movilidad segura y eficiente.
En este contexto sobre dicha actualización normativa, Tramicar también se alinea con la necesidad de simplificar y regularizar aspectos clave de la movilidad. Así como las modificaciones del RGC buscan facilitar la fluidez y seguridad en las carreteras, Tramicar optimiza la gestión de trámites relacionados con la titularidad de vehículos, permitiendo a los usuarios realizar cambios de propietario de coches y motos de manera 100% online.
Deja una respuesta
Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.